Delitos Informáticos¡Intentar espiar el WhatsApp de su pareja le puede salir caro!

Las relaciones de pareja deben ser construidas de la mano de la mutua confianza, cuando eso desaparece también pueden iniciar acciones abusivas como la violencia de género por medios electrónicos. Lamentablemente, es común que sea popular el interés en querer saber cuál es el contenido de las conversaciones que tienen otras personas. Este interés se intensifica cuando existen sospechas de traición o infidelidades en relaciones humanas.

Por lo anterior, es que en internet abundan los timos que buscan que las personas realicen acciones que, sin saberlo, serán usadas en su contra.

¿Es posible espiar a su pareja en Whatsapp?

Evidentemente siempre existirán vulnerabilidades, en sentido amplio, que pueden ser aprovechadas por los delincuentes para tener acceso a conversaciones de otros. Sin embargo, la mayoría de  las promesas que se hacen en internet, son timos de los cuales deben cuidarse las personas.

Recientemente, se han compartido noticias de medios de comunicación que detallan cómo violar las comunicaciones de un tercero, a través del acceso al dispositivo, el aprovechamiento de aplicaciones de respaldo y la función de WhatsApp web.  Lo cual es una acción delictiva desde la promoción de la ejecución de este tipo de actividades hasta el acceso ilícito por sí mismo (Más detalle en el apartado de consecuencias legales).

Por otro lado, es muy común que en sitios web y medios sociales se promuevan soluciones para espiar a la pareja o contactos, por lo que buscarán convencer al usuario de visitar un sitio web, con el fin de captar datos personales, la suscripción a SMS premium, la instalación de un programa informático malicioso, generar ingresos mediante publicidad (la cual también puede ser maliciosa) o todas las anteriores.  Un caso documentado es el siguiente:

“El enlace llevaba a una página llamada “Cómo hackear WhatsApp 2016”, que tiene un diseño bastante similar al de la web oficial de la aplicación….las funciones prometidas son completamente falsas. Cuando se introducen todos los datos, el sistema indica que el WhatsApp ha sido hackeado correctamente, y se remite al usuario a un enlace de descarga para obtener las conversaciones. Es en este momento cuando se lanzan los complementos maliciosos, las suscripciones a servicios SMS Premium y los anuncios a través de los que los atacantes obtienen rendimiento.” Leer más

En el caso donde el delincuente invita a la víctima a instalar un programa informático, la víctima sin darse cuenta, le dará un privilegio al ciberdelincuente que podrá utilizar con diferentes fines.

El delincuente podría no solo espiarlo, sino que también podría tener acceso a las credenciales bancarias, cometer una estafa informática en su contra, entre todo tipo de delitos informáticos que pueden realizarse a través de la instalación de “malware”.

El timo del contrato de “hackeo”

Existen páginas en la internet oscura, que ofrecen servicios de “hackeo” a sus contactos, pero suelen ser estafas, donde las personas pagan al ciberdelincuente por sus servicios a través de criptomoneda, la cual permite el anonimato, por lo que una vez recibido el pago, no vuelven a saber más del delincuente.

En estos casos, la persona buscando ser victimario, se convierte en víctima.

Consecuencias legales (Costa Rica)

El Código Penal costarricense es bastante robusto en lo que a delitos informáticos se refiere, por lo que las siguientes acciones son delitos en nuestro país:

1. Contratar o prometer un beneficio patrimonial a una persona para que viole las comunicaciones de otro. ( Código Penal de Costa Rica, artículo 196, párrafo tercero, violación de correspondencia o comunicaciones,  pena de 1 a 3 años).

2. “Respaldar” o acceder a comunicaciones sin autorización del titular. Como la detallada en las notas informativas, por lo que aunque no se tenga acceso a la comunicación, se está cometiendo la acción delictiva. ( Código Penal de Costa Rica, artículo 196, párrafo primero, violación de correspondencia o comunicaciones,  pena de 1 a 3 años).

3. Instalar un programa informático malicioso o engañar a una persona para que lo realice. ( Código Penal de Costa Rica, artículo 232, Instalación o propagación de programas informáticos maliciosos, pena de 1 a 6 años).

4. Ofrecer, contratar o brindar servicios de:

a) Denegación de servicios (DoS o DDoS)
b) Envío de comunicaciones masivas no solicitadas (Spam)
c) Propagación de programas informáticos maliciosos.

( Código Penal de Costa Rica, artículo 232, Instalación o propagación de programas informáticos maliciosos, pena de 1 a 6 años). 

José Adalid Medrano Melara

Abogado especialista en derecho informático, conferencista internacional, consultor, litigante, investigador académico y capacitador sobre ciberdelincuencia y protección de datos personales. Coordinador de la Especialización en derecho informático de la Escuela Libre de Derecho y de la Comisión de Innovación regulatoria del Colegio de Abogados y Abogadas.Cuenta con más de quince años de estudio del fenómeno de la ciberdelincuencia, co-redactor de las reformas al Código Penal costarricense sobre delitos informáticos ( Leyes № 9048 y № 9135).

2 comments

  • Celia María Cabezas Enciso

    diciembre 13, 2017 at 6:55 pm

    Muy interesante información…para las personas celosos…puede ser una trampa..y que haken sus cuentas e información..

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